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Campaña por la ley de “grooming” en la Argentina

By 21 marzo, 2013marzo 19th, 2016No Comments

Argentina Cibersegura, organización sin fines de lucro, lanzó una campaña de apoyo para conseguir la sanción del proyecto de ley de “grooming”, bajo el lema “¡Todos por la ley de Grooming! Con los chicos no se juega”. 

El “grooming” consiste en la realización de acciones deliberadamente emprendidas por parte de un adulto con el objetivo de ganar la confianza de un menor de edad y desarrollar una conexión emocional con el mismo para así disminuir sus inhibiciones y facilitar el abuso sexual.

El proyecto para penalizar el acercamiento a menores a través de Internet con fines de abuso sexual logró la aprobación del Senado en octubre de 2011.

Sin embargo, desde esa fecha no ha sido tratado en la Cámara de Diputados y perdería su estado parlamentario en octubre de este año.

Afiche por la ley del "grooming".

Afiche por la ley del «grooming».

De acuerdo a una encuesta realizada en febrero de 2013 por la empresa de seguridad informática ESET Latinoamérica, el 26% de los consultados fue víctima de un caso de “grooming” o conoce a alguien afectado. En el 75% de los incidentes, el medio de contacto del atacante fue por medio del uso de las redes sociales.

“Necesitamos la colaboración de todos para lograr la mayor cantidad de firmas posible y así estimular el tratamiento del proyecto de la ley de ‘grooming’ en la Cámara baja. Hoy la legislación argentina no contempla sanción para quienes cometen este tipo de actos delictivos contra la integridad sexual de niños y jóvenes. Se trata de un paso fundamental para proteger a los más chicos en Internet”, aseguró Sebastián Bortnik, presidente de Argentina Cibersegura y gerente de Educación y Servicios de ESET Latinoamérica.

Para sumarte la firma a la campaña ingresa aquí.

El proyecto de ley plantea la inclusión de un nuevo artículo en el Código Penal por el cual se asignan penas de seis meses a cuatro años de prisión para quien, utilizando cualquier medio electrónico de comunicación, realice acciones destinadas a controlar tanto física, psicológica o moralmente a un menor de edad con el fin de obtener una satisfacción sexual propia o de terceros.

La condena aumentará de dos a cuatro años en caso de que además se concrete un encuentro o contacto físico con el menor y de 3 a 6 años si el sujeto penalmente responsable adopta una identidad falsa para cometer estas acciones.

César Dergarabedian

Soy periodista. Trabajo en medios de comunicación en Buenos Aires, Argentina, desde 1986. Especializado en tecnologías de la información y la comunicación. Analista en medios de comunicación social graduado en la Universidad del Salvador. Ganador de los premios Sadosky a la Inteligencia Argentina en las categorías de Investigación periodística y de Innovación Periodística, y del premio al Mejor Trabajo Periodístico en Seguridad Informática otorgado por la empresa ESET Latinoamérica. Coautor del libro "Historias de San Luis Digital" junto a Andrea Catalano. Elegido por Social Geek como uno de los "15 editores de tecnología más influyentes en América latina".

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