Andrés Piazza, director en Internet Legal Consulting, analizó el reciente decreto presidencial de necesidad y urgencia (DNU) que declara como servicio público a la telefonía móvil, Internet y la TV paga, a partir de un cuestionario que le envié y respondió por correo electrónico.
El especialista observó que «respecto de las modificaciones de fondo (la declaración de servicio público y las facultades otorgadas al Enacom -Ente Nacional de Comunicaciones) cabe decir que han generado cierta incertidumbre respecto de la reglamentación del mismo».
Apuntó «específicamente, de la manera en que el organismo regulador intervendrá en los análisis de costos o en la eventual regulación de precios».
«Dependerá del accionar de Enacom disipar las dudas que puedan surgir», afirmó Piazza.
Para el consultor, «el DNU combina una medida excepcional como la suspensión de aumento en los precios de los servicios TIC hasta finales de 2020, comprensible en un contexto de pandemia, con definiciones de política pública significativas».
Por ejemplo, «la declaración de ‘servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia’ para las TIC y la incorporación inequívoca de la telefonía móvil en todas sus modalidades».
«Desde lo formal, si bien el uso de DNU forma parte de las facultades constitucionales del Poder Ejecutivo (cuando aprobado por la comisión bicameral y refrendado por una de las cámaras del Congreso en pleno) y ha sido utilizado con frecuencia para regular al mercado de las telecomunicaciones, cabe preguntarse acerca de la necesidad y urgencia de las declaraciones», planteó.
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