Todos los jubilados y pensionados tienen derecho a reclamar los haberes que no pudieron cobrar en forma oportuna dentro de los dos años posteriores a la fecha en la cual deberían haberlo hecho.
Según me informó la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) en un comunicado, el haber mensual reclamado puede ser abonado en forma inmediata en la sucursal del Banco de la Nación Argentina cercana a la delegación del organismo, o en forma diferida junto al mensual determinado en la entidad bancaria donde en forma habitual se perciben los haberes.
Si ese mensual corresponde al mes inmediato anterior, debe presentar en la entidad de pago el formulario de certificación bancaria, provisto por la Anses.
El trámite es presencial y se realiza en cualquier delegación del organismo con turno previo, que se obtiene llamando al número gratuito 130 o desde este sitio web.
La documentación a presentar es la siguiente por el lado del titular:
- DNI. En caso de no poseerlo, la constancia en trámite.
- Formulario PS.6.5 reclamo de haberes impagos de la Anses.
Por el lado del representante:
- DNI. En caso de no poseerlo, la constancia en trámite.
- Formulario PS.6.4 carta poder para tramitar, o poder general otorgado por escribano, en caso de que no figure en el recibo de cobro.
- Certificado de supervivencia con una validez de cinco días corridos, emitido por autoridad policial, judicial o consular o por el Registro Nacional de las Personas.
- De encontrarse el titular internado, el certificado debe ser otorgado por el director, administrador o gerente de la institución donde se encuentre, con firma, cargo, sellos de la autoridad firmante y de la institución, solo en caso de ser repago inmediato.
- Formulario PS.6.5 reclamo de haberes impagos de la Anses.
Si te gustó o sirvió algo que publiqué, te ofrezco dos alternativas para agradecer y permitir la continuidad de mi trabajo en Bahía César, haciendo clic sobre ellas:
Introduce tu correo electrónico para suscribirte a Bahía César y recibir avisos de nuevas notas.