La Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores actualizó los topes de facturación que determinan a las empresas que se encuadran dentro del Registro MiPyme. Las nuevas categorías entraron en vigor el 1 de abril.
A través de la Resolución 19/2021, se actualizaron los montos máximos de facturación en todos los sectores y tramos tomando como referencia el índice de precios implícitos del Producto Bruto Interno elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec).
La medida, que se lleva adelante una vez al año, tiene como objetivo «garantizar que ninguna micro, pequeña y mediana empresa” (MyPyme) “que no haya aumentado su volumen real de ventas quede fuera de los beneficios que otorga el Registro MiPyme», según me informó el Ministerio de Desarrollo Productivo en un comunicado.
Esta actualización siguió las recomendaciones de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) a partir de las cuales se equilibró también la situación en los tramos de algunos sectores cuyos topes habían quedado desfasados.
Están inscriptas en el Registro MiPyme 1.522.407 empresas, autónomos y monotributistas, lo cual significa un crecimiento del 187% en la cantidad de empresas registradas con respecto a los números de diciembre de 2019.
La inscripción al Registro les permite a las MiPymes acceder a beneficios fiscales, líneas de financiamiento con tasa subsidiada por el Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (Fondep) así como a planes de asistencia técnica y otros programas que llevan adelante el Ministerio de Desarrollo Productivo y otros entes del Estado.
La norma también establece la puesta en funcionamiento a partir del 1 de abril del nuevo Legajo Único Financiero y Económico (LUFE).
A partir de esta resolución, junto con la inscripción en el Registro MiPyme, la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores creará el LUFE de cada MiPyME y lo pondrá a disposición de cada empresa de forma gradual para su utilización.
Las MiPymes tendrán la opción de autorizar a la Secretaría a compartir la información contenida en su legajo con otros organismos públicos, bancos y entidades financieras públicas y privadas con el objetivo de reducir la carga operativa de todas sus gestiones crediticias, entre otros beneficios.
Los topes de ventas anuales, expresados en pesos, que comenzaron a regir a partir del 1 de abril son los siguientes:
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